Asesoria Laboral

Gestíon : Contratos, liquidaciones de sueldos, permisos especiales, nominas, seguridad social, regímenes especiales, inspección del trabajo.

Asesoría Jurídica: Conciliaciones, negociaciones sindicales, arbitrajes, despidos, sanciones, reclamaciones.

Auditoria Laboral: Análisis y estudio de toda la estructura de la empresa, asesorar con normas para dar cumplimiento a la seguridad social y la salud laboral.

Codigo del trabajo

El Codigo del Trabajo de la República de Chile de 1931 fue un cuerpo legal que contuvo sustancialmente las normas sobre el trabajo que rigieron en Chile, por un período de 50 años, hasta 1978. Fue elaborado por la necesidad de refundir en un solo texto todas las leyes laborales existentes en la época, y de esta manera facilitar su consulta, aplicación y cumplimiento.

En un principio, la actividad laboral se reguló a través del Código Civil, pues “contempló en el título XXVI del libro V, en los párrafos 7° “Del arrendamiento de criados domésticos”; 8° “De los contratos para la confección de una obra material” y 9° “Del arrendamiento de servicios inmateriales”, los que establecían normas como el desahucio, causales de terminación del contrato, duración del mismo, entre otras normas. A su vez, el Código de Comercio también reguló ciertas materias laborales, en consecuencia “incorporó normas sobre los hombres de mar y los agentes de comercio y empleados dependientes de comercio” y por otro lado, el Código de Minería también aportó en cuanto poseía normas que tenían relación con los trabajadores que se desempeñaban en esta área.

Fue promulgado el 13 de mayo de 1931, mediante el decreto con fuerza de ley Nº 178, del Ministerio de Bienestar Social, por el presidente Carlos Ibáñez del Campo, y publicado en el Diario Oficial el 28 de mayo del mismo año. Entró en vigencia seis meses después de su publicación. Estaba compuesto de 576 artículos, distribuidos en 4 libros.

Actual Codigo del Trabajo ( ver codigo del trabajo ) de propiedad de la Direccion del Trabajo, edicion actualizada a marzo de 2024.

La ley de 40 horas se implementara en forma gradual, en los años que se indican:

1er año: 44 horas al 26 de abril de 2024

2er año: 42 horas al 26 de abril de 2026

3er año: 40 horas al 26 de abril de 2028

Indicadores Previsionales

Año 2025


"El que cree que cuesta caro un profesional, no sabe lo caro que cuesta un incompetente".


INSTITUCIONES PREVISIONALES


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